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REGLAMENTO INTERNO – CONDICIONES DE USO DEL ALBERGUE

 Artículo 1.-

         El objeto de la presente normativa es la regulación de las condiciones de uso y funcionamiento del Albergue urbano “  All Iron Hostel  “.

 Artículo 2.-

         El albergue es un equipamiento destinado al alojamiento y estancia de alberguistas.

Condiciones de alojamiento:

 Artículo 3.-

 1.-    El uso de servicios y dependencias del albergue estará sujeto al pago de las tarifas vigentes aprobadas por la dirección del Albergue.

    Se establecerán distintas tarifas de precios públicos en función de la temporada (baja, alta y extra) y/o fines de semana. Dichas tarifas se aplicaran al servicio básico de alojamiento, incluido el desayuno.

       La pensión completa o la media pensión (comida o cena) sólo se ofertaran, bajo requerimiento. Los usuarios tendrán libre acceso a la cocina.

 2.- Las personas individuales que soliciten alojamiento deberán ser mayores de edad o si son menores de edad (18 años) deberán disponer de la correspondiente autorización.

 3.- Los grupos de escolares, estudiantes universitarios, asociaciones juveniles u otras similares, podrán solicitar alojamiento bajo responsabilidad y acompañamiento de adultos y previo cumplimiento de las condiciones establecidas de admisión.

 Artículo 4.-

      La atribución de plazas y dormitorios se realizará teniendo en cuenta la mejor organización, distribución y aprovechamiento del establecimiento para el mayor número de personas usuarias teniendo en cuenta la disponibilidad de la instalación a criterio de la dirección del albergue.

 Artículo 5.-

     En el albergue está prohibido fumar dentro de sus instalaciones, el consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes y no se permitirá la entrada de animales, a excepción de los perros guía bajo responsabilidad del dueño.

Solicitud de Reservas

Artículo 6.-

1.- Las condiciones de reserva serán la disponibilidad de plazas y el cumplimiento de las condiciones administrativas correspondientes al uso interno del albergue.
2.- La solicitud de estancia se realizará por escrito a través de Internet, vía e-mail, vía telefónica, vía fax o directamente en el propio albergue.
3.- Todas las reservas quedarán formalizadas una vez se responda favorablemente de forma escrita por parte del Departamento de Recepción

Artículo 7.-

1.- El abono del anticipo, al que se refiere el Art. 13, deberá ser realizado en el plazo máximo de 5 días naturales desde la formalización de la reserva. De no hacerse así, aquélla perderá su efectividad, pudiendo ser anulada por la dirección del albergue a todos los efectos y sin derecho a compensación alguna.
En el caso de realizarse la reserva con menos de 5 días de plazo, se deberá realizar ese abono como máximo en las 24 h. siguientes.
2.- En el momento de la presentación del grupo (en el caso de alojamiento de grupos) en el establecimiento, la persona responsable se identificará como tal ante la dirección del albergue, presentará el justificante de la reserva, confirmará el número de personas usuarias, entregará la relación nominal de las mismos con especificación de quienes sean monitores/as, profesores/as o encargados/as de cometidos similares, e informará sobre cualquier modificación o particularidad del grupo.
3.- Las personas demandantes de estancia sin previa reserva serán admitidas siempre que existan plazas disponibles y previa cumplimiento de los requisitos administrativos.
4.- En el caso de que la reserva incorpore peticiones de dietas especiales, casos de alergias alimentarias, etc., será necesario presentar un informe médico personal, acreditativo de tal circunstancia.

Pagos y Cancelaciones

Artículo 8.-

     Las personas usuarias abonarán un anticipo a la firma del contrato del 25% del total en concepto de reserva y se estimará pago a cuenta del importe total de los servicios contratados en la cuantía que establezca la dirección del albergue.

     El albergue no adquirirá ningún compromiso en tanto no se produzca el abono de dicho anticipo a cuenta, de manera que el impreso de la reserva sólo será válido cuando este acompañado del justificante de ingreso.

     El pago del resto del importe de la estancia se realizará en el momento del registro de entrada, descontando la cantidad anticipada a cuenta.

     Concluida la estancia, se procederá a la liquidación del resto de todos los servicios utilizados y de los posibles daños que se hubieran producido por el mal uso de las instalaciones.

     La factura recogerá de manera desglosada todos los conceptos que la componen.

     El albergue está obligado a informar a la persona usuaria, antes de la formalización del contrato, sobre las cláusulas de cancelación.

     La cancelación efectuada por la persona usuaria dentro de los 5 días anteriores a la fecha de llegada da lugar a las siguientes penalizaciones, salvo pacto en contrario:

    Las anteriores penalizaciones no son de aplicación cuando la cancelación se produce por causa de fuerza mayor, debidamente acreditada, salvo que se produzca el mismo día de comienzo del servicio que se procedería a cobrar una noche de estancia por cliente.

    La persona usuaria tiene derecho a cancelar la reserva confirmada, sin ninguna penalización, siempre que se haga antes de los 5 días anteriores a la fecha de llegada, salvo pacto en contrario.

Artículo 9.-

     La Normativa de Régimen Económico vigente establecerá los precios públicos, liquidaciones en función de los servicios efectivamente prestados, y, en su caso, las devoluciones. El uso o estancia en las instalaciones fuera del horario convenido en el contrato, conllevará la aplicación del precio público recogido con la denominación: “utilización de las instalaciones fuera del horario convenido”.

Normas generales de convivencia

 Artículo 10.-

  • Los alberguistas tendrán un comportamiento respetuoso con el personal y con el resto de clientes haciéndose responsable de sus actos. El cliente exime de toda responsabilidad derivada de sus actos al titular y los responsables del albergue.
  • Respetar el sueño de las demás personas durante la noche.
  • Evitar altercados.
  • Seguir las indicaciones pertinentes que reciban del personal encargado de hacer cumplir la presente Normativa de Régimen Interno.
  • Ante cualquier molestia o acto irrespetuoso causado a los clientes o al personal del albergue queda reservado el derecho de admisión.
  • No está permitido fumar en ninguna de las dependencias del albergue.
  • No está permitido introducir o beber bebidas alcohólicas en todas las instalaciones del albergue.
  • El albergue está abierto las 24 horas del día.
  • El horario de silencio será a las 23.00 a 8,00 h. Se ruega respeten las horas de descanso.
  • El albergue no acepta mascotas, a excepción de perros guía.
  • Los desayunos, almuerzos y cenas se consideran actos colectivos. Los horarios establecidos para los servicios han de respetarse para el bien de la colectividad, la organización y el buen orden en el establecimiento.
  • No se puede colgar ropa, calzados, ni otros objetos en las ventanas
  • Las entradas y salidas se efectuarán siempre por las puertas destinadas a este fin, nunca se utilizarán para ello las ventanas, balcones ni otro tipo de huecos al exterior.
  • Toda persona usuaria del albergue deberá cuidar las normas sociales de convivencia e higiene personal, así como vestir y calzar adecuadamente en los lugares comunes.

Registro de entrada:

  • El registro de entrada se realizará a partir de las 12.00. En caso de llegar más tarde de las 21.00 se debe avisar al albergue.
  • Para realizar el registro de entrada debe presentarse un documento de identidad o acreditativo con foto, carné de conducir o pasaporte. Los ciudadanos/as de fuera de UE sólo con pasaporte.
  • El importe total de la estancia pendiente de pago se cobrará en el momento del registro de entrada.
  • Si los detalles proporcionados en el momento de la reserva no son correctos ésta no se confirmará.

Registro de salida:

  • El registro de salida deberá realizarse antes de las 12.00 h.
  • Las salidas efectuadas después de esta hora serán penalizadas con 5€. El pago de la penalización no da derecho a pernoctar. El albergue cobrará una noche extra sin derecho a estancia para salidas realizadas más tarde de las 18.00 h.
  • En caso de que un cliente quiera finalizar su estancia anticipadamente, no se le devolverá el importe ya pagado.

Habitaciones:

  • Las habitaciones son para dormir. Respeten las horas de descanso y a sus compañeros/as de habitación.
  • Todas las habitaciones disponen de taquillas de seguridad individuales. En caso de robo el albergue no se hace responsable.
  • El albergue facilitará candados bajo un depósito, que en caso de pérdida o rotura será retenido.
  • No está permitido almacenar o consumir alimentos o bebidas en las habitaciones.
  • El horario de limpieza de las habitaciones es de 09.00 a 13.00. Se ruega faciliten las tareas de limpieza al personal del albergue.

Servicios e instalaciones:

  • El desayuno está incluido en el precio. El horario de desayuno es de 07.00 a 10.00 h.
  • Las sábanas y mantas están incluidas en el precio. El robo o deterioro de las mismas será penalizado con 5 €.
  • Las toallas de pueden alquilar por 3€/toalla.
  • El uso de ordenadores propiedad del establecimiento será de gratuito.
  • El albergue dispone de una cocina para uso interno, dotado de placa vitrocerámica, microondas, frigorífico y zona para el lavado, y abierto de 08.00 a 22.00 h. La cocina ha de ser utilizada de forma responsable.  Es obligación de cada cliente dejar los utensilios limpios y el office recogido después de su uso. Cada cliente deberá marcar su comida o bebida con nombre y fecha de check-out y retirarlos de la cocina antes de salir del albergue. Las bebidas y alimentos que no estén marcados debidamente serán retirados por los responsables del albergue.
  • El horario de terraza exterior será de 10.00 a 22.00 h, por respeto a la normativa municipal y vecinos de la comunidad.
  • El albergue no se hace responsable del deterioro o robo de las bebidas y alimentos que se encuentren en dicha sala, así como cualquier elemento personal que no esté debidamente guardado en su taquilla de seguridad, durante su estancia en el Albergue
  • Las comidas se realizarán en el comedor o en lugares destinados a este objeto por la dirección del albergue. En los dormitorios no está permitido preparar o consumir comidas o bebidas.
  • El albergue dispone de consigna para maletas.
  • El albergue dispone de lavadora y secadora a disposición de los clientes.
  • El albergue dispone de salas de ocio con TV, libros y juegos de mesa, de uso libre para clientes.
  • No se puede sacar al exterior, muebles, colchones y demás objetos del establecimiento. Los usuarios deben respetar el orden y distribución de muebles tanto del establecimiento con de la terraza exterior. Bajo ningún concepto se podrá alterar el mismo.
  • Así mismo cualquier objeto, recipiente o elemento sacado al exterior deberá ser recogido debidamente. Esto mismo se aplicará a cualquier espacio interior del local.

Horarios de los servicios

Artículo 11.-

     El albergue dispondrá de un servicio de atención permanente las 24 horas, ya sea con personal o bien con medios tecnológicos sustitutivos, permitiendo el acceso las 24 horas del día, garantizando la atención por personal del albergue de 8,00 a 23,00h. El Albergue dispondrá de un tablón informativo ubicado en un lugar bien visible. En él la Dirección publicará las disposiciones generales y particulares que han de regir el establecimiento. En particular, el régimen de horarios de los servicios y el funcionamiento de las instalaciones del albergue: habitaciones, cocina, desayuno, almuerzo, cena, administración, apertura y cierre de instalaciones, etc.

     El horario de silencio total en el albergue será de 23,00 h. a 8,00 h.

Mobiliario, Desperfectos y Reparaciones

Artículo 12.-

     Toda persona usuaria deberá tener cuidado con la conservación del edificio, instalaciones y mobiliario, especialmente de su habitación, cama o litera y taquilla, no fijando carteles ni otros objetos que puedan deteriorarlos, ni en paredes puertas y ventanas. Será responsable de cuantos desperfectos le sean imputables, y en su caso, deberá dar cuenta de las incidencias a la dirección del albergue, tanto de los desperfectos ocasionados, como de los observados.

     En todo caso, quien cause deterioros en las instalaciones o materiales cedidos responderá de los daños y perjuicios ocasionados. Dicha responsabilidad y las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder, se exigirán conforme a lo dispuesto en la Normativa Foral del Territorio Histórico de Bizkaia.

Artículo 13.-

     Por razones de seguridad, estará totalmente prohibido el uso de hornillos, estufas, acumuladores, etc. Están exentos de esta autorización los cargadores de móviles, de ordenadores, cámaras de fotos, tablets….

    Servicio de cocina, lavandería, plancha, habitaciones, cama-literas y ropa de cama.

Artículo 14.-

     El servicio de cocina individual es de uso exclusivo para alberguistas individuales y está incluido en el servicio de alojamiento. Los utensilios, vajilla, aparatos de cocina y complementos están a su disposición.  Los alberguistas deberán limpiar los utensilios, vajilla y aparatos utilizados y dejar las dependencias en buen estado de uso.

Artículo 15.-

     El uso del servicio de lavandería, secado y plancha manual para alberguistas individuales estará a disposición de quien lo solicite, previo pago de la tarifa establecida. La maquinaria y elementos constitutivos están a su disposición. Los alberguistas deberán dejar la dependencia en buen estado de uso.

Artículo 16.-

     Cada alberguista dispondrá de una plaza en cama o litera numerada y su correspondiente taquilla de seguridad personal con llave.
Cada plaza incluirá colchón con su funda, sábanas, manta y almohada con funda, siendo por cuenta del usuario la preparación de la cama. Al finalizar la estancia se deberá devolver cualquier material entregado en su entrada al establecimiento.

Asistencia sanitaria

     El albergue dispone de un botiquín de primeros auxilios pero no de personal sanitario que lo atienda ni de medio de transporte.

Visitas

Artículo 17.-

     Con carácter general, no se admitirán visitas a las personas alberguistas dentro de la instalación, ni podrán éstos invitar a comer a otras personas. El acceso de personas invitadas al Albergue se hará previa autorización expresa de la dirección del albergue y de acuerdo con las instrucciones expresadas.

Derechos y obligaciones de los Alberguistas

Artículo 18.-

     Serán derechos de cualquier usuario del albergue, los siguientes:

  1. a)  Utilizar las instalaciones y servicios contratados de acuerdo con el presente reglamento y con la normativa interna del albergue. Y en caso de no recogerse en este régimen, se deberá comunicar anticipadamente el hecho a la dirección o recepción para la aprobación de cualquier uso dentro del local.
    b)  Recibir información objetiva, exacta y completa sobre todas y cada una de las condiciones de prestación de los servicios.
    c)   Obtener cuantos documentos acrediten los términos de su contratación y, en cualquier caso, los recibos correspondientes a la misma.
    d)  Formular quejas o reclamaciones, para lo cual tendrán a su disposición los medios adecuados para ello, la hoja de reclamaciones y el cuestionario de satisfacción.
    e)  Cualesquiera otros derechos que vengan reconocidos en la legislación vigente de aplicación.

Artículo 19.-

     Serán obligaciones de toda persona usuaria del albergue, las siguientes:

  1. a)  Respetar lo establecido en el presente reglamento del albergue y las instrucciones que dicte la dirección del albergue.
    b)  Hacer un buen uso de las instalaciones y de su equipamiento y servicios.
    c)   Comunicar a la plantilla de las instalaciones las anomalías de funcionamiento, roturas y deficiencias de las instalaciones que observen.
    d)  Respetar los derechos de las demás personas, especialmente en las reservas de salas y espacios comunes previamente concedidos.
    e)  Comportarse correctamente en las instalaciones facilitando en todo momento la labor del personal del albergue y la convivencia con otras personas usuarias.
    f)   Abonar los precios públicos que se exijan por la utilización de los servicios y las instalaciones y elementos del albergue.
    g)  Respetar los horarios de apertura y cierre del albergue, atendiendo las indicaciones de la plantilla en este sentido.
    h)  Cualesquiera otras obligaciones que se deriven de la legislación vigente o del presente reglamento.

Régimen sancionador

Artículo 20.-

     El incumplimiento de lo dispuesto en esta Normativa o en las instrucciones que en orden a su aplicación dicte el Director, o en su nombre, el responsable del albergue en ese momento, constituye infracción administrativa sancionable.

     En el supuesto de incumplimiento grave de dicha reglamentación, las personas usuarias serán desalojados de inmediato del albergue, sin perjuicio de la exigencia de las responsabilidades a que hubiese lugar.

Artículo 21.-

  1. Podrá expulsarse del albergue y/o prohibirse la entrada por un período de entre uno y cinco años, en función de la gravedad de los hechos, a aquellas personas o grupos que incumplan lo dispuesto en este reglamento, en la normativa interna del albergue o en las instrucciones que en orden a su aplicación dicte la dirección o, en su nombre, la persona responsable del centro.
  2. En concreto, constituirán motivos para la expulsión y/o prohibición, entre otros, los siguientes:
  3. a)  El deterioro intencionado o la negligencia grave en el cuidado y conservación de las instalaciones o materiales cedidos o el de las salas y dependencias comunes.
    b)  La reiterada desobediencia a las instrucciones de la dirección del albergue.
    c)   El mantenimiento de un comportamiento obstinadamente contrario al buen orden de los servicios o de la convivencia con otras personas usuarias del albergue.
    d)  El impago de los precios públicos exigibles por la utilización de los servicios, las salas y otras dependencias o elementos del albergue.
    e)  La utilización de las instalaciones o materiales cedidos o de las salas y demás dependencias del albergue para fines distintos de los que constituyen su objeto específico.

Reclamaciones

Artículo 22.-

     A los efectos de las garantías de los derechos que asisten a las personas alberguistas, existirá a disposición de los mismos un Libro de Reclamaciones.

     Cualquier persona usuaria, previa exhibición de su DNI, pasaporte o carnet de alberguista podrá utilizar el Libro de Reclamaciones haciendo constar en el mismo, junto a la reclamación, su identificación con nombre, apellidos y domicilio. En tiempo y forma, se procederá a contestar por escrito o, si fuere el caso, en el mismo lugar verbalmente.

Disposiciones finales

Primera.- Cualquier duda que pueda surgir respecto de la interpretación de lo dispuesto en la presente Normativa, será resuelta provisionalmente por la dirección del albergue, siendo sus resoluciones inmediatamente ejecutivas.

Segunda.- Es competencia de la dirección del albergue la aprobación de instrucciones y circulares que desarrollen lo establecido en esta Normativa.

Tercera.-   La dirección o responsable del Albergue podrá modificar o variar las condiciones del servicio debido a cualquier circunstancia que lo aconseje, por urgente o fuerza mayor.

 

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